La Cámara como Corporación de Derecho Público y poder adjudicador ha de garantizar la publicidad, transparencia y no discriminación en sus contrataciones.
En este apartado se encuentran las instrucciones que, para el ámbito interno de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Avilés, habrán de regir el procedimiento de adjudicación de los contratos de obras, servicios y suministros que no estén sujetos a regulación armomizada, de acuerdo con el art. 191.b) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Por el contrario, para los contratos sujetos a regulación armonizada, se estará a lo que establece la citado Real Decreto Legislativo 3/2011.
“Programa Integral de Emprendimiento y Desarrollo Profesional”
Expedientes de licitaciones y concursos
Año 2024
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