LA CÁMARA

Elecciones a la cámara oficial de comercio, industria, servicios y navegación de Avilés

Las Cámaras son Corporaciones de Derecho Público con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, que se configuran como órganos consultivos y de colaboración con las Administraciones Públicas, sin menoscabo de los intereses privados que persiguen, con estructura y funcionamiento democráticos.

La Orden ECM/1382/2025, de 28 de noviembre, (BOE 04/12/2025) por la que se declara abierto el proceso electoral para la renovación de los Plenos de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación, establece en su dispositivo segundo apartado primero que “las diferentes Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación, diez días después de abierto el proceso electoral, deberán exponer sus censos, actualizados al menos a fecha de 1 de enero anterior, al público en su domicilio social, en sus delegaciones, en la página principal de Internet de cada Cámara, y en aquellos otros lugares que estimen oportunos para su mayor publicidad, durante el plazo de veinte días naturales”.

Forman parte del censo electoral de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Avilés, pudiendo ejercer su derecho electoral activo y pasivo, las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, que ejerzan actividades comerciales, industriales, o de servicios mediante establecimiento, delegaciones o agencias sitos en la demarcación territorial de la Cámara.

En todo caso, estarán excluidas las actividades agrícolas, ganaderas y pesqueras de carácter primario y los servicios de mediadores de seguros y reaseguros privados que sean prestados por personas físicas, así como los correspondientes a profesionales liberales.

El censo electoral de la Cámara comprenderá la totalidad de sus electores o electoras, clasificados por grupos y subgrupos, en atención a la importancia económica de los diversos sectores económicos en la provincia de Avilés, representados en la forma prevista en el Anexo del Reglamento de Régimen Interior de Cámara

El proceso electoral quedará abierto a partir del día 1 de diciembre de 2025 y finalizará el día 31 de diciembre de 2027.

Se acuerda la exposición pública del Censo Electoral de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Avilés, aprobado por el Pleno Corporativo, a propuesta del Comité Ejecutivo, el día 25 de septiembre de 2025.

EXPOSICION DE CENSO ELECTORAL

Conforme a lo establecido en la disposición segunda de la mencionada Orden y el artículo 24.2 del RD 669/2015, corresponde en primer lugar la exposición del Censo Electoral durante el plazo de 20 días naturales, comenzando el 22 de diciembre de 2025 y finalizando el 10 de enero de 2026.

El Censo Electoral podrá ser consultado:

  • Presencialmente en la sede de la Corporación sita en Plaza de Camposagrado, s/n, Planta Tercera, Oficina Nº 7, 33402 Avilés, en horario de lunes a jueves de 9:00 a 14:00 horas y de 16:00 a 18:30 horas, y viernes de 9:00 a 14:00 horas.

Los días sábado, domingos y festivos la Cámara de Comercio de Avilés estará cerrada.

  • Mediante solicitud por escrito a través de la página web que será contestada por la Secretaria General de la Cámara de Avilés.

RECLAMACIONES AL CENSO ELECTORAL

Las Reclamaciones al Censo Electoral se efectuarán al Comité Ejecutivo desde el inicio del plazo de exposición del censo hasta 10 días hábiles a contar desde la finalización del plazo de exposición pública, es decir, hasta el 23 de enero de 2026, mediante el Formulario que se puede descargar de la página web de la Cámara o que se le facilitará en la propia Cámara.

El Formulario de Reclamación al Censo se podrá presentar de forma:

  • Presencial: deberá realizarse en la Sede de la Corporación sita en la Plaza de Camposagrado, s/n, Planta Tercera, Oficina Nº 7, 33402 Avilés.

El horario de presentación presencial es de lunes a jueves de 9:00 a 14:00 horas y de 16:00 a 18:30 horas, y viernes de 9:00 a 14:00 horas.

  • Correo postal certificado, al domicilio social de la Cámara, en cuyo caso se deberá enviar justificante acreditativo de la fecha y hora de del envío en la Oficina de Correos a la siguiente dirección: secretariageneral@avilescamara.es, siendo en este caso la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos la que sirva de justificante.

RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES AL CENSO ELECTORAL

El Comité Ejecutivo resolverá las reclamaciones formuladas en un plazo de diez días, contados a partir de la fecha de vencimiento del periodo abierto para la presentación de dichas reclamaciones, es decir desde el 26 de enero al 6 de febrero de 2026.

Las reclamaciones no contestadas por el Comité Ejecutivo, se entenderán desestimadas por silencio negativo.

RECURSO ADMINISTRATIVO A LAS RESOLUCIONES DEL COMITÉ EJECUTIVO.

Contra los acuerdos del Comité Ejecutivo se podrá interponer, en el plazo de diez días, es decir, del 9 al 23 de febrero de 2026, un recurso administrativo ante la Administración Tutelante, es decir, la Consejería de Ciencia, Industria y Empleo.

La interposición de este recurso administrativo no supone la suspensión del proceso, salvo que la Consejería de Ciencia, Industria y Empleo, considere que, vistas las circunstancias del caso, la no suspensión del mismo pueda suponer un grave riesgo para el proceso.

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de un mes, es decir entre el 24 de febrero y el 24 de marzo de 2026. La resolución del recurso citado agotará la vía administrativa.

RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A LAS RESOLUCIONES DE LA CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO

Contra las resoluciones de la Consejería de Ciencia, Industria y Empleo cabe interponer Recurso contencioso – administrativo, el cual, no supondrá la suspensión del proceso electoral, salvo que el Juez considere que, vistas las circunstancias del caso, la no suspensión del mismo pueda suponer un grave riesgo para el proceso.

Posteriormente, corresponde a la Consejería de Ciencia, Industria y Empleo del Principado de Asturias publicar en el BOPA la Resolución en la que se convoquen las elecciones a las Cámaras de Comercio del Asturias, fijando en ella el día para las votaciones y elección de los representantes en cada uno de los grupos por sectores de actividad que conforman el Pleno de la CÁMARA. Esta fecha es la que marcará el plazo de presentación de candidaturas, así como el día de conformación del Pleno Constituyente y de elección del Presidente y Comité Ejecutivo. Se prevé, que culmine el periodo en el mes de mayo o, en todo caso, junio de 2026.

Más información

ÚLTIMAS NOTICIAS

23

Feb

Vuelve SALENOR 2026

06/02/2026

Tras la reunión del Comité Ejecutivo, se han unido los vocales del Pleno Corporativo de la Cámara y, a continuación, han realizado una visita a las instalaciones de la factoría en Avilés, tras la que ha tenido lugar un almuerzo de trabajo con representantes de ArcelorMittal.