SERVICIOS

Mediación

Servicio de Mediación Civil y Mercantil

La mediación es un medio de solución de controversias en que dos o más partes intentan voluntariamente alcanzar por sí mismas un acuerdo con la intervención de un mediador.

Sus principales ventajas son:

  • Es una solución rápida
  • Permite el control de la situación a ambas partes.
  • Absoluta confidencialidad.
  • El proceso termina cuando las partes así lo desean.
  • El acuerdo lo adoptan libre y amistosamente los interesados; no lo impone un tercero por lo que da estabilidad y continuidad a las relaciones comerciales entre las partes implicadas. Previene conflictos más profundos.
  • Los gastos son menores que en vía judicial.

En caso de no llegar a acuerdo, no se cierra otra vía de resolución de conflictos.

Incluya la cláusula de mediación en sus contratos:

“Cualquier controversia civil o mercantil que pueda surgir entre las partes se resolverá mediante mediación civil administrada por el Servicio de Mediación de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Avilés, de acuerdo con su Reglamento y demás normativa aplicable, al que se le encomienda la administración y desarrollo de la mediación”.

Acuerdos extrajudiciales de pagos

Mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social.

La Cámara de Comercio de Avilés desarrolla funciones de mediación concursal a través del denominado expediente de acuerdo extrajudicial de pagos. Dicha función le fue encomendada por la Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social. 

De esta forma un empresario, persona física o jurídica, que no pueda afrontar sus deudas con sus actuales ingresos y patrimonio, puede intentar alcanzar un acuerdo de pago con sus acreedores gracias a la ayuda de un mediador concursal. Se trata de un procedimiento rápido, sencillo y menos rígido y costoso que un procedimiento concursal. 

Para ello deberá presentar el modelo oficial de solicitud publicado en el BOE  https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-14225

Asimismo, junto con la solicitud y para que ésta sea tramitada deberá presentar el justificante de pago de la tarifa de admisión. 

Para más información: juridico@avilescamara.es

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